Opinión.
«¿Qué se debe entender cuando se habla del cuerpo del delito en un juicio?», por Carlos Berbell.
La definición de cuerpo del delito comprende ambos conceptos, tanto las armas, instrumentos o efectos encontrados en el lugar del crimen así como el cadáver o el cuerpo lesionado de la víctima.

En una reciente publicación del medio español Confilegal se da a conocer el artículo «¿Qué se debe entender cuando se habla del cuerpo del delito en un juicio?», por Carlos Berbell (*).
Hace no mucho, una crónica periodística, referida a un juicio, contenía un párrafo que decía así: “El tribunal, con el cuerpo del delito desplegado ante él, llamó al acusado a declarar”.
El problema con los artículos de periódico siempre es, por una parte, la falta de espacio y, por otra, la incomprensión del lenguaje judicial.
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