Derecho a la libertad de información.
TC de Perú resuelve rechazar acción de empresario que exigió a medios de comunicación online desindexar la información sobre sus presuntos vínculos con el narcotráfico.
Toda investigación contra una persona, en cualquier nivel, sobre presuntos vínculos con el narcotráfico y el terrorismo goza de la más alta relevancia e interés público, y constituye, a todas luces, un hecho noticioso que debe ser objeto de escrutinio a través del ejercicio del derecho fundamental a la libertad de información.

El Tribunal Constitucional de Perú desestimó un recurso de agravio interpuesto por un empresario acusado de tener nexos con el narcotráfico, por estimar que el derecho al olvido no posee preeminencia frente a la libertad de información.
El recurrente dedujo la acción contra Google y una serie de medios de comunicación streaming por difundir noticias que lo vinculaban con grupos criminales. Alegó que esta información afecta su derecho al olvido pues está basada en antecedentes falsos que han ensuciado su buen nombre, y que agravian su imagen personal con calificativos denigrantes.
En sus consideraciones de fondo, el Tribunal observa que la libertad de información es necesaria en toda sociedad democrática, y que sus limitaciones deben estar sujetas al principio de máxima divulgación que presume la accesibilidad de toda la información.
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