Tras interpretar modificaciones a la Ley de Derechos de Autor.
Corte Suprema de Canadá resuelve que la distribución online de obras con derechos de autor no está sujeta a cobros, pues este pago debe realizarse solo cuando son transmitidas o descargadas.
El cobro de regalías adicionales vulnera el principio de neutralidad tecnológica, ya que impone una carga adicional a los usuarios que utilizan internet que es contraria a la Ley de Derechos de Autor.

La Corte Suprema de Canadá desestimó un recurso de apelación deducido por la Sociedad de Compositores, Autores y Editores de Música de Canadá (SOCAN), confirmando el fallo de segunda instancia que declaró la improcedencia del pago de regalías por distribuir contenidos en plataformas online.
El litigio tuvo su origen en una demanda interpuesta contra la Junta de Derechos de Autor de Canadá, por su decisión de cobrar dos regalías por la utilización de obras intelectuales: una por distribuir el material y otra por su transmisión o descarga.
Tras ser acogida fue apelada por la SOCAN, que alegó que el Tratado de la OMPI y las nuevas modificaciones al artículo 2.4 (1.1) de la Ley de Derechos de Autor permiten realizar tal cobro, puesto que la disponibilidad de las obras en internet conlleva que los servicios streaming paguen adicionalmente cada vez que publiquen o distribuyan la obra.
Temas
Te puede interesar

España.
Hombre que humillaba a su ex pareja cada vez que la veía fue condenado por violencia de género.

Límites al derecho de propiedad.
No es aceptable que el dueño de una propiedad emita ruidos molestos que afecten a la comunidad, pues debe hacer observancia del interés general y de la buena convivencia, resuelve tribunal argentino.

Derecho Internacional.
Buques extranjeros que tengan fines de rescate pueden ser controlados por el Estado rector del puerto, resuelve el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

