Recurso de nulidad rechazado.
Corte de Santiago confirma fallo que condenó a empresa minera por enfermedad profesional.
El Tribunal de alzada confirmó la sentencia impugnada, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que estableció la responsabilidad de la empresa en la irrupción de la enfermedad –epicondilitis derecha y síndrome del túnel del carpo bilateral–, al no tomar todas las medidas de seguridad para proteger eficazmente la salud del trabajador, pero que rechazó el pago por lucro cesante demandado.

La Corte de Santiago rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia que acogió demanda de enfermedad profesional y que condenó a la empresa minera Anglo American Sur SA a pagar una indemnización de $35.000.000 por concepto de daño moral, a trabajador que desarrollo enfermedad profesional.
El fallo señala que, al examinar el fallo cuestionado, en el motivo 18° se analiza la cláusula estipulada para determinar su finalidad, estableciéndose que las exigencias que permiten acceder al beneficio es para aquel trabajador que ya no pueda reincorporarse o continuar prestando servicios para la demandada a consecuencia de una enfermedad o accidente, sea cual sea su origen, pudiendo obtener una suma de dinero relevante para lograr reorientarse laboralmente.
La resolución agrega que, en el caso del actor, este se reincorporó a sus labores después del alta médica el 29 de mayo de 2018, siendo despedido en febrero del 2019, suscribiendo el finiquito correspondiente con la reserva de derechos que ahora ejerce.
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