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Imagen: La Nación
Remitido a la presidencia de la Cámara de Diputadas y Diputados.

Corte Suprema envía al Congreso informe sobre proyecto de ley sobre protección de derechos de adultos mayores.

La mayor protección que el proyecto busca dispensar a las personas mayores se traduce en una serie de ventajas con las que se las beneficia para cuando tomen parte en un juicio civil, como la de recibir un trato preferencial de parte de los operadores del sistema de justicia, comparecer a las audiencias a través de videoconferencia, presumir su pobreza de recursos para soportar los gastos de litigar, entre otros.

21 de octubre de 2022

Reunido el tribunal pleno de la Corte Suprema, analizó del proyecto de ley que “Modifica cuerpos legales que indica con el fin de adecuar el procedimiento civil a los estándares de la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores”. Informe que fue remitido a la presidencia de la Cámara de Diputadas y Diputados.

El informe consigna que, se puede observar que la mayor protección que el proyecto busca dispensar a las personas mayores se traduce en una serie de ventajas con las que se las beneficia para cuando tomen parte en un juicio civil, como la de recibir un trato preferencial de parte de los operadores del sistema de justicia, comparecer a las audiencias a través de videoconferencia, presumir su pobreza de recursos para soportar los gastos de litigar, eximirse del apremio de arresto cuando este fuere procedente, evitar las consecuencias negativas de su incomparecencia o negativa a confesar, dar tramitación sumaria a los procedimientos judiciales en los que participen o acortar algunas etapas procesales, y, por último, que sus causas sean vistas con preferencia en los tribunales superiores.

Para el pleno de ministros, todos estos cambios son de interés para el Poder Judicial, por cuanto alteran de manera importante las reglas procedimentales en base a las cuales los tribunales de justicia conocen y resuelven los negocios de su competencia.

La Corte Suprema advierte que al margen de los comentarios particulares que en este informe se consignan sobre las modificaciones legales específicas que hace el proyecto, una observación general que puede hacerse es que el objetivo que este persigue es completamente atendible, y su satisfacción debiera ser impostergable; sin embargo, las vías elegidas para alcanzarlo podrían ser objeto de revisión y mejoras, por las razones detalladas en las secciones correspondientes de este informe.

 

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