Indemnización de $75.000.000.
Corte de Copiapó confirma fallo que condenó a empresa minera por enfermedad profesional de trabajador.
El Tribunal de alzada desestimó que la sentencia recurrida, pronunciada por el Juzgado de Letras de Diego de Almagro, se haya dictado con infracción de ley.

La Corte de Apelaciones de Copiapó confirmó la sentencia que condenó a la cuprera estatal Codelco Chile, División Salvador, a pagar una indemnización de $75.000.000 por concepto de daño moral, a trabajador que desarrolló la enfermedad profesional de silicosis.
El fallo señala que resulta que el objeto del finiquito invocado como fundamento de las excepciones deducidas no pudo ser otro que dejar constancia del término de la relación laboral y del pago de las indemnizaciones y prestaciones derivadas directamente del mismo. Por lo tanto, no puede hacérsele extensivo a otros derechos diferentes, en términos que el error de derecho que se denuncia no es tal, desde que la sentencia impugnada en su basamento sexto, priva de eficacia liberatoria a los finiquitos en comento, respecto de las pretensiones relativas a la enfermedad profesional del actor, de todo lo cual se advierte que la infracción de ley que la demandada reclama respecto del artículo 177 del código del ramo y de las normas del código sustantivo civil, no se deja ver del análisis efectuado.
La resolución agrega que, aunque esta Corte comparta las apreciaciones del recurrente en orden a la falta de motivación –que no de resolución– de la premisa normativa, específicamente en lo atingente a la excepción de prescripción, la exigencia de sustancialidad o en términos normativos ‘la influencia en lo dispositivo del fallo’ no se deja ver con la intensidad necesaria para proceder oficiosamente a la anulación del pronunciamiento.
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