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Delitos de lesa humanidad.

Fiscalía de la Corte Penal Internacional solicita reanudar las investigaciones por los presuntos crímenes de lesa humanidad cometidos por el régimen venezolano.

Existen bases razonables para creer que miembros de las fuerzas de seguridad del Estado, autoridades civiles y personas progubernamentales (miembros de los “colectivos”) cometieron como encarcelamientos u otra privación grave de la libertad física, tortura, violación y/u otras formas de violencia sexual de gravedad comparable y persecución sistemática contra disidentes por motivos políticos.

7 de noviembre de 2022

La Fiscalía de la Corte Penal Internacional (CPI) solicitó a la Sala de Cuestiones Preliminares la prosecución de la investigación sobre los presuntos delitos de lesa humanidad cometidos en Venezuela, la cual había sido aplazada a solicitud del gobierno de este país.

Señala que si bien el gobierno ha remitido antecedentes que son necesarios para el esclarecimiento de los hechos, es posible observar que no ha dado garantías sobre la investigación interna que está llevando a cabo, pues se han constatado casos de impunidad y encubrimiento que ponen en duda su eficacia.

Recuerda que en 2021 abrió una investigación por los presuntos crímenes de lesa humanidad cometidos por el régimen venezolano, e instó al gobierno a informar, en el plazo de 1 mes, si investigaría los hechos. La respuesta fue que “(…) Venezuela está investigando o ha investigado a sus nacionales u otros dentro de su jurisdicción con respecto a supuestos actos punibles contra derechos humanos. Se solicita que se difiera la investigación en favor de las acciones realizadas por las autoridades nacionales competentes”.

Advierte que “(…) de los 893 casos denunciados, solo 265 casos (29,68% del total) contienen alguna información básica en relación con la cuestión de la existencia de procesos internos relevantes. El gobierno aporta copias de actas judiciales de 177 de estos casos (19,82% del total), aunque no de 628 (70,32%), de los cuales solo se proporcionaron gráficos. Por ende, los procedimientos venezolanos no reflejan suficientemente el alcance de la investigación prevista por la Fiscalía”.

Comprueba que “(…) existen bases razonables para creer que, al menos desde abril de 2017, miembros de las fuerzas de seguridad del Estado, autoridades civiles y personas progubernamentales (miembros de los “colectivos”) cometieron  delitos de lesa humanidad, como encarcelamientos u otra privación grave de la libertad física, tortura, violación y/u otras formas de violencia sexual de gravedad comparable y persecución sistemática contra disidentes por motivos políticos”.

Además, constata que los antecedentes dan cuenta que (…) las autoridades venezolanas no han tomado medidas suficientes para determinar la veracidad de los hechos denunciados e identificar la responsabilidad penal individual. De acuerdo con la información presentada a la fecha de esta presentación, las investigaciones denunciadas no parecen ser adecuadas, “serias” ni “efectivas” porque no son capaces de establecer los hechos y circunstancias relevantes o identificar a los responsables”.

En su conclusión, señala que “(…) del análisis cuidadoso de toda la información que respalda la Solicitud de Aplazamiento es posible constatar, que, a la fecha de esta presentación, no se justifica el aplazamiento de todo el alcance de la investigación. En consecuencia, debe autorizarse la reanudación de la investigación de la Fiscalía. Esto no prejuzga la posibilidad de que la Corte revise la admisibilidad en etapas posteriores del procedimiento. La propia Fiscalía está dispuesta a hacerlo cuando se produzca un cambio en los hechos o circunstancias pertinentes”.

Al tenor de lo expuesto, el Fiscal solicitó la reanudación de la investigación sobre la situación humanitaria en Venezuela, de conformidad con el articulo 18(2) del Estatuto de Roma.

 

Vea solicitud Fiscalía de la Corte Penal Internacional ICC-02.18.

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