Recurso de protección acogido.
Corte de Apelaciones de Santiago ordena a AFP restituir fondos previsionales a afiliada extranjera.
El Tribunal de alzada estableció el actuar arbitrario e ilegal de la AFP recurrida al denegar la devolución solicitada por la trabajadora y cotizante extranjera, quien cumple con los requisitos legales para retirar los fondos previsionales.

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió recurso de protección y le ordenó a la AFP Modelo devolver los fondos cotizados por afiliada extranjera, quien optó por mantenerse en el sistema previsional de su país.
El fallo señala que, la recurrente acreditó mediante los documentos adjuntos que fue trabajadora extranjera de la empresa Rentokil Initial y en materia previsional afiliada a la AFP Modelo, con el Certificado de la Cuenta de Cotizaciones obligatoria individual; además, con la copia Certificado de afiliación de la recurrente en el Instituto Venezolano de Seguros Sociales debidamente apostillado, se acredita expresamente las prestaciones previsionales que tiene la recurrente por estar afiliado al Sistema de Seguridad Social y que se señala la voluntad de aquélla de mantenerse en el sistema de previsión de su país, Venezuela.
La resolución agrega que de tales documentos se infiere la voluntad de la recurrente de mantener sus aportes previsionales en su país de origen, y por consiguiente, son suficientes para acreditar cumplidos los requisitos del artículo 1º de la Ley N° 18.156, lo que es vinculante para la AFP Modelo S.A., en orden a cumplir cabalmente la obligación contenida en el artículo 7º de esa ley; en consecuencia, por este aspecto de fondo debe ampararse la petición de la actora.
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