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Imagen: Microjuris
Recurso de nulidad acogido.

Corte Suprema ordena nuevo juicio por cultivo y cosecha ilegal de marihuana. Carabineros detuvo ilegalmente a sujeto que denunció haber sido víctima de robo pero que mantenía plantación de marihuana dentro de inmueble.

El máximo Tribunal ordenó la realización de un nuevo proceso, excluyendo la evidencia incriminatoria recogida en el procedimiento irregular con ocasión de la detención del recurrente.

27 de diciembre de 2022

La Corte Suprema acogió el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán, que condenó al imputado a la pena de trescientos días de presidio menor en su grado mínimo, como autor del delito consumado de cultivo y cosecha de cannabis sativa.

El día 28 de julio de 2020, alrededor de las 21:20 horas, el imputado mantenía en su domicilio tres frascos de vidrio sobre una repisa y un frasco debajo de la cama, todos contenedores de marihuana, con un peso neto total de 95.7 gramos, sustancia que el actor cosechó sin autorización; de igual manera, en un invernadero ubicado en el patio mantenía en proceso de cultivo 16 plantas de marihuana en distintos recipientes, sin contar con las respectivas autorizaciones, motivo por el que fue detenido y puesto a disposición de la justicia.

En contra de la sentencia condenatoria, el acusado interpuso recurso de nulidad invocando la causal establecida en la letra a) del artículo 373 del Código Procesal Penal, por infracción al debido proceso.

El recurrente sostuvo que, el ingreso del personal policial se efectuó sin su autorización, y sin lectura previa de derechos. Asimismo, refiere que la policía realiza una serie de actos autónomos no autorizados, luego de que el mismo actor denunciara un delito de robo ocurrido en su domicilio, acusando que las especies sustraídas fueron un equipo musical y “algunas plantas de marihuana”.

Añade que, el actuar de los funcionarios no se ajustó a los artículos 83, 84, 85 y 180 del Código Adjetivo, pues todas las diligencias efectuadas aquel día carecen de indicios, al concurrir la policía por el propio llamado del acusado, y no por alguna investigación previa o hipótesis de flagrancia; por lo tanto, solicita la nulidad de la sentencia y la realización de nuevo juicio ante tribunal no inhabilitado.

El máximo Tribunal hizo lugar al recurso de nulidad, al considerar que, “(…) la defensa del acusado cuestiona la labor desplegada por los funcionarios policiales, quienes efectúan un registro completo del inmueble al cual habían accedido, de forma posterior a una denuncia de robo realizada por el propio acusado y que había afectado al inmueble en que residía”.

En el mismo orden de razonamiento, el fallo agrega que, “(…) la resolución asienta que funcionarios policiales llegaron al inmueble del encausado porque éste denunció haber sido víctima del robo de un equipo musical y de plantas de marihuana desde el inmueble, y ante dicha alusión, autorizó a un efectivo policial para ingresar a su propiedad, haciéndole indicación de la droga que se había sustraído y la que mantenía en un dormitorio, descubriendo la policía que mantenía marihuana cosechada y otra en proceso de cultivo”.

En tal sentido, el fallo puntualiza que, “(…) se advierte que la presencia policial en el lugar no obedeció a una denuncia sobre la comisión de un ilícito que hubiese estado cometiendo el acusado, sino que, fue el propio acusado quien denunció haber sido víctima del delito de robo. Es en esta denuncia que apareció́ un antecedente que pudiese evidenciar la existencia de otro delito, sin que se hubiese instruido por parte del Ministerio Público la realización de alguna diligencia investigativa. Lo anterior implicó que, sin haber sido mandatados al efecto, los funcionarios policiales dieron inicio, de forma autónoma, a una serie de diligencias investigativas que implicaron un registro completo del inmueble del acusado —pese a haber sido autorizados al ingreso solo con ocasión de la denuncia por el delito de robo— y que culminaron con su detención y el levantamiento de la evidencia incriminatoria en relación al delito de cultivo y cosecha de especies vegetales del género cannabis”.

El fallo concluye sosteniendo que, “(…) la prueba de cargo en contra del acusado adolece de ilicitud, toda vez que se obtuvo en contravención a la ley, afectando claramente la garantía constitucional del debido proceso invocada por su defensa, al condenársele por un hecho que se da por probado con la aludida prueba allegada ilegalmente”.

En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema acogió el arbitrio, anuló la sentencia condenatoria y retrotrajo la causa al estado anterior de celebrarse una nueva audiencia de juicio oral, ante el tribunal no inhabilitado que corresponda.

 

Vea sentencia Corte Suprema Rol N°9.778-2022.

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