Modifica la Ley N°18.575.
Corte Suprema emite informe sobre proyecto de ley que regula conflictos de interés de exfuncionarios del Estado.
Sobre los procedimientos contenciosos administrativos, la Corte Suprema ha advertido que la proliferación de los mismos, refrendada en un enorme cúmulo de reglas de procedimiento dispersas en el ordenamiento, conspira en contra de la igualdad y certeza jurídica, proponiendo que, a falta de tribunales especiales radicados en el Poder Judicial, debiera seguirse un procedimiento unificado, cuyos parámetros se expusieron en dicha ocasión.

Reunido el tribunal pleno de la Corte Suprema analizó el proyecto de ley que “Modifica la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, para regular situaciones de conflicto de interés de exfuncionarios de la administración del Estado”. Informe que fue remitido a la presidencia de la Cámara de Diputadas y Diputados ayer, martes 27 de diciembre.
En síntesis el proyecto de ley reconfigura algunas medidas existentes en materia de protección de la probidad, relacionadas con las actividades que realizan exautoridades en los ámbitos regulatorios en que se desempeñaron.
El informe afirma que las medidas consisten en establecer prohibiciones, incompatibilidades y deberes de información, cuya infracción es sancionada. Las sanciones son aplicadas por la Contraloría General de la República y son reclamables antes las Cortes de Apelaciones, que conoce de estos reclamos mediante un procedimiento contencioso administrativo especial.
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