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Recurso de amparo acogido.

Arraigo nacional de padre que debe pensión de alimentos vulnera la libertad personal, en razón de una posible prescripción de la deuda, resuelve la Corte de San Miguel.

En consideración al tiempo transcurrido desde que se decretó el apremio de arraigo nacional contra el recurrente y encontrándose la causa sin movimientos hace más de diez años.

5 de enero de 2023

La Corte de San Miguel acogió el recurso de amparo interpuesto en contra del Juzgado de Familia de Talagante, por haber decretado la medida cautelar de arraigo nacional en contra de un padre alimentante.

El recurrente alegó que mientras se encontraba en la aduana para ingresar a Argentina tomó conocimiento que tenía arraigo nacional con ocasión de una causa que desconoce, ya que no ha sido notificado a pesar de que vive hace más de 15 años en la región de O’Higgins.

En mérito de ello, estima vulnerada su libertad personal y seguridad individual, por lo que solicita se deje sin efecto la medida cautelar para poder continuar con su viaje por el país trasandino.

El recurrido informó que la orden de arraigo fue decretada con ocasión de una deuda por concepto de pensión de alimentos en favor de su hija que actualmente tiene 21 años, y que si bien “(…) han transcurrido más de diez años desde la última gestión útil realizada en la causa, se debe considerar que el alimentante y recurrente tenía conocimiento de la existencia de la causa por incumplimiento de alimentos, con apremios pendientes y no mostró la debida diligencia en cumplir su obligación legal pagando la deuda y a su vez solicitando el alzamiento de las medidas de apremio decretadas.”

La Corte de San Miguel acogió la acción constitucional de amparo. Razona que “(…) considerando el tiempo transcurrido desde que se decretó el apremio de arraigo nacional contra el recurrente y encontrándose la causa sin movimientos hace más de diez años, pudiendo eventualmente producirse la prescripción de la deuda, se ha afectado la libertad personal del recurrente.”

En base a esas consideraciones, la Corte acogió el recurso de amparo y dejó sin efecto la orden de arraigo nacional.

 

Vea sentencia Corte de San Miguel Rol N°981-2022.

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