En fallo unánime.
Corte de Copiapó rechaza recurso de protección por resoluciones que autorizan explotación de litio en el Salar de Maricunga.
El Tribunal de alzada no hizo lugar a la acción cautelar deducida, tras establecer que se presentó de manera extemporánea.

La Corte de Apelaciones de Copiapó rechazó el recurso de protección interpuesto en contra de las resoluciones, dictadas por el Ministerio de Minería, que autorizan contrato especial de operación para la exploración, explotación y beneficio de yacimientos de litio en el Salar de Maricunga.
El fallo señala que al haberse presentado la acción en estudio con fecha 29 de octubre del año 2022, se desprende con toda claridad y certeza que el plazo fatal de treinta días establecido en el auto acordado que regula la materia se encuentra cumplido con creces, por cuanto desde la fecha de dictación de cada uno de estos actos han transcurrido 4 años 7 meses y 20 días, en el primer caso; y, 3 años 4 meses y 10 días, en el segundo.
La resolución agrega que, esta Corte declaró admisible la presente acción constitucional, en el entendido que la recurrente arguyó que solo había tomado conocimiento de los actos recurridos con fecha 29 de septiembre de 2022.
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