Noticias

imagen: rtve.es
Derechos de las minorías sexuales.

Congreso de los Diputados de España aprueba ley que regulariza la transexualidad y que promueve la autodeterminación sexual.

Simplifica los trámites de cambio de sexo e identidad sexual, eliminando el requisito de presentar informes médicos para tal fin. Establece como edad mínima los 12 años y garantiza la reversibilidad para aquellos que deseen “volver” a su sexo anterior.

19 de enero de 2023

La Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, también conocida como la “Ley Trans”, fue aprobada por el Pleno del Congreso de los Diputados de España con 188 votos a favor, 150 en contra y 7 abstenciones. La ley busca regularizar la transexualidad en España permitiendo a las personas rectificar su identidad sexual a través de trámites burocráticos simplificados. Tras sortear este trámite legislativo, ahora requerirá la aprobación final del Senado.

El texto legal prescribe que el objetivo de la norma es “desarrollar y garantizar los derechos de las personas lesbianas, gais, bisexuales, trans e intersexuales (en adelante, LGTBI) erradicando las situaciones de discriminación, para asegurar que en España se pueda vivir la orientación sexual, la identidad sexual, la expresión de género, las características sexuales y la diversidad familiar con plena libertad”. Para la consecución de este objetivo, la ley definirá las políticas públicas que serán aplicables al colectivo LGTBI.

La ley permitirá la “autodeterminación del generó” mediante la simplificación de los trámites legales pues ahora no se requerirán informes ni pruebas médicas, bastando para ello solo la voluntad del interesado, incluso si es menor de edad. Sin embargo, entre 12 y 14 años se deberá contar con aval judicial, mientras que entre los 14 y 16 solo se requerirá la autorización del representante legal. Desde los 16 años los trámites podrán realizarse libremente.

Además, establece la despatologización de la transexualidad, eliminando así los requisitos médicos que se exigían previamente, como llevar un tratamiento de hormonas por al menos 2 años y presentar informes psicológicos. También garantiza la reversibilidad, en virtud de la cual la persona podrá “volver” a su sexo anterior expresando su mera voluntad, siempre y cuando sea su segundo cambio, dado que un tercero requerirá una tramitación en sede judicial. Otras de las medidas que introduce, es la prohibición de las terapias de conversión que afecten la orientación e identidad sexual de las personas.

 

Vea proyecto de Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *