Diario Constitucional

Derecho a ser juzgado en un plazo razonable.

Demora irrazonable en un juicio por abuso sexual que concluyó con la absolución del imputado no se aplica en un nuevo juicio, resuelve la Corte Suprema de Canadá.

Los acusados no pueden plantear la demora del primer juicio una vez que se ordena un nuevo juicio. El cálculo de la demora se reinicia en cero cuando se inicia el segundo. El acusado debe tomar las medidas apropiadas de manera oportuna, no puede presentar una moción durante un nuevo juicio basada en la demora en su primer juicio. La tardanza en actuar impide la adecuada administración de justicia.

Por Redacción·19 de enero de 2023·4 min de lectura
imagen: lopezribadeneira
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La Corte Suprema de Canadá acogió el recurso deducido por la Fiscalía, dictaminando que la demora en un primer juicio no es aplicable en un segundo. El acusado debe alegar la tardanza irrazonable en el mismo juicio y no en uno diferente.

El imputado fue acusado de 7 cargos de abuso sexual contra menores, aunque fue absuelto de todos ellos. Transcurrieron 6 años entre su formalización y la sentencia absolutoria. No conforme con esta decisión, la Fiscalía apeló el fallo. El tribunal ad quem acogió el recurso y ordenó repetir el juicio.

A su vez, el hombre interpuso una acción de suspensión del procedimiento. Alegó una demora injustificada durante el primer juicio que concluyó con su absolución, que se sumaría a la tardanza de un segundo proceso penal en su contra. El tribunal acogió su pretensión tras constatar una vulneración del artículo 11 de la Carta de Derechos, que prescribe que los imputados deben ser juzgados en un “plazo razonable”.

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