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Administración de bienes fiscales.

Ministerio de Bienes Nacionales debe entregar en comodato a la Universidad de Chile el inmueble en que funciona el Liceo Experimental Manuel de Salas, dictamina la Contraloría.

Aplica el artículo 8 de la Ley 19.820, que obliga al Ministerio a entregar en comodato el inmueble del Liceo a la UCH (como su entidad responsable) con la finalidad de que se destine de forma permanente como sede del establecimiento secundario.

24 de enero de 2023

La Universidad de Chile consultó a la Contraloría General de la República respecto a la procedencia de que le sea entregado, mediante un contrato de comodato, el inmueble en que actualmente funciona el Liceo Experimental Manuel de Salas, pues el Ministerio de Bienes Nacionales (MBN) sostiene que solo resulta procedente emplear alguna de las modalidades contempladas en el DL N°1.939 de 1977.

El ente Contralor, señaló que el artículo 1 del citado DL N° 1.929 -que establece normas sobre adquisición, administración y disposición de Bienes del Estado- consagra que tales facultades les corresponden al Presidente de la República quien las ejerce por intermedio del citado Ministerio, salvo excepciones legales.

Por su parte, el artículo 19 del mencionado cuerpo normativo prescribe que “los bienes raíces del Estado no podrán ser ocupados si no mediare una autorización, concesión o contrato originado en conformidad a esta ley o de otras disposiciones legales especiales”. En tanto su artículo 55 dispone que en lo concerniente a su administración los bienes del Estado “podrán ser objeto de destinaciones, concesiones de uso, afectaciones y arrendamientos”.

Respecto al Liceo Manuel de Salas, el Contralor se refiere al artículo 1 de la Ley 19.820 (que modifica su dependencia), el cual consagra que “se trata de un establecimiento educacional que dependerá orgánicamente de la Universidad de Chile y que se regirá por las normas de este cuerpo legal”. En lo tocante al objeto de la consulta, el artículo 8 de la Ley 19.820 consigna que “el Ministerio de Bienes Nacionales, de conformidad a las normas del DL N°1.939, otorgará en comodato a la Universidad de Chile los bienes inmuebles en que actualmente funciona el Liceo Experimental Manuel de Salas, para el solo efecto de ser usados permanentemente como sede del Liceo”.

A continuación, el ente Contralor cita los artículos 19 y 2174 del Código Civil, que se refieren a la interpretación de la ley (cuando el sentido legal es claro no se desentenderá su tenor literal, a pretexto de consultar su espíritu) y al contrato de comodato.

En consideración a las disposiciones citadas, el Contralor señala que “(…) el DL N°1.939, contiene las normas generales que regulan la administración de los bienes fiscales, lo que no obsta a la existencia de otros cuerpos especiales que también pudiesen contener regímenes específicos que rijan de manera excepcional a aquellos”.

Luego expone que a través del Decreto N° 1.042 de 1988 del MBN, se autorizó la adquisición para el Fisco de una serie de inmuebles en los que funcionaba el Liceo Manuel de Salas, los cuales pertenecían a la Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales S.A.

Continúa su pronunciamiento, y sobre la base del tenor del artículo 8 de la Ley 19.820, dictamina que “(…) se advierte que el legislador estableció esta disposición con carácter imperativo, al fijar que se otorgará en comodato a la Universidad de Chile, por parte del MBN, los terrenos en que se desarrolla sus actividades el LMS, debiendo ser utilizadas de manera permanente como sede de dicho liceo”.

En tal sentido, precisa que “(…) este último texto legal constituye una excepción al régimen general contenido en el DL N° 1.939, en cuanto al modo en que pueden entregarse inmuebles fiscales para determinadas entidades, como serían las destinaciones, concesiones de uso, afectaciones y arrendamientos. Esta situación guarda perfecta armonía con el citado artículo 19 del referido DL, en cuanto reconoce que los bienes raíces del Estado podrán ser ocupados mediante un contrato originado en conformidad a las disposiciones legales especiales”.

En definitiva, dictaminó que “(…) corresponde al MBN entregar en comodato el inmueble en que actualmente funciona el Liceo Experimental Manuel de Salas a la Universidad de Chile, para los fines indicados, por disposición expresa de la Ley 19.820. Asimismo, le compete ejercer sus facultades generales para el cumplimiento de aquello”.

 

Vea dictamen de la Contraloría N° E296885N23.

 

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