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Recurso de queja.

Víctimas de usurpación buscan evitar que imputados ingresen a su predio durante el año nuevo mapuche.

Los dueños del inmueble tomado por una comunidad mapuche en la región de Los Ríos, buscan revertir la decisión de la Corte de Valdivia, que confirmó una medida cautelar de alejamiento del predio usurpado, con declaración que permite el ingreso de los imputados al lugar para celebrar las ceremonias religiosas correspondientes al año nuevo mapuche, los días 23 y 24 de junio.

1 de mayo de 2023

Se interpuso un recurso de queja en contra de los ministros integrantes de la primera sala de la Corte de Valdivia, que dictaron la sentencia que confirmó una medida cautelar de prohibición de acercamiento, con declaración que los imputados pueden ingresar al predio de las víctimas los días de celebración del año nuevo mapuche.

El caso se remonta a marzo de 2022 cuando una comunidad mapuche tomó clandestinamente los terrenos pertenecientes al Fundo Punta Galera en la comuna de Corral, Región de Los Ríos. Los dueños del predio dedujeron recurso de protección contra la entonces Delegada Presidencial de Los Ríos. Sin embargo, la medida tutelar no compelió a los comuneros a restituir el inmueble.

Asimismo, las víctimas denunciaron penalmente el hecho, como delito de usurpación, el que se encuentra actualmente en etapa de investigación formalizada ante el Juzgado de Garantía de Valdivia.

En dicho contexto, al momento de la formalización, el Juzgado impuso a los imputados la medida cautelar establecida en la letra e) del artículo 155 del Código Procesal Penal, esto es, la orden de alejamiento del predio usurpado, medida que fue confirmada en alzada por la Corte de Valdivia, con declaración que, “(…) permite acceder a los imputados en las fechas para actividades de fe y religión, los días 23 y 24 de junio, quedando acotado a la cancha de palin, cementerio y ruco [sic]. El Juez de Garantía fijará audiencia para abrir debate sobre la posibilidad de otras fechas acotadas que tengan relación con ceremonias y/o religión y definiendo los lugares que se les autoriza a visitar”.

En contra de este último fallo, las víctimas presentaron un recurso de queja contra los ministros recurridos, acusando faltas o abusos graves cometidos en la dictación de la sentencia. Entre sus argumentos, los dueños del predio reclaman una completa desprotección de las víctimas y violación de sus derechos constitucionales, contradiciendo los fines que son naturales a la medida cautelar. Además, alegan que las creencias indígenas no le confieren a los imputados el derecho para ingresar al inmueble usurpado, sea para celebrar el Año Nuevo Mapuche u otras festividades.

En el mismo sentido, agregan que se incurrió en una falsa apreciación de los antecedentes del proceso, pues no existiría ningún cementerio y cancha de palín en el predio usurpado, y que la ruka fue construida el año 2022 precisamente durante la ocupación ilegal que mantienen los comuneros.

Finalmente, las víctimas reclamaron contra el informe pericial acompañado por la Defensoría Penal Pública, y firmado por el mismo antropólogo que emitió los informes periciales para la defensa de Celestino Córdova y Emilio Berkhof, por considerar que el contenido del documento posee un claro sesgo indigenista, y proviene de un profesional que es conocido por ser un activista de la causa mapuche.

El recurso de queja ahora deberá ser conocido por el máximo Tribunal, que podría revocar la declaración cuestionada decretada por los recurridos, proveyendo que la cautelar de alejamiento del predio se cumpla sin ingresos en días de festividades religiosas del pueblo mapuche.

Lo anterior se da en un contexto de fuerte presión por decretar Estado de Excepción en la Región de Los Ríos. La semana pasada, una senadora de Renovación Nacional junto a otras 44 autoridades de la región, enviaron una carta al Presidente de la República pidiendo dicha medida de seguridad, tras un nuevo atentado incendiario en el sector de La Mariquina.

 

Vea texto del recurso de queja Rol Corte Suprema Nº104.586-2023 y resolución Corte de Valdivia Rol Nº683/688-2023.

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