Recurso de protección acogido por Corte de Santiago.
Egresado de Instituto Profesional debe dejar de difamar al Rector de esa institución y abstenerse de realizar cualquier publicación dirigida a descalificarlo.
El proceder del recurrido se aparta de un comportamiento racional dentro de una sociedad en la que existe un estado de derecho que no lo faculta a ejercer una suerte de actos de autotutela emocional.

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección interpuesto por el Rector de la Corporación Instituto Profesional Esucomex, en contra de un egresado quien le imputó ser cómplice de una estafa relacionada al crédito con aval del estado (CAE).
El actor expuso que el recurrido estudió en el IP Esucomex la carrera de Técnico en Dibujo Arquitectónico y Estructura, y que al momento de ingresar al instituto se le convalidaron algunos ramos conforme a su certificado de concentración de notas de su casa de estudios anterior INACAP.
Añade que aquel rindió su práctica profesional y su examen de título tras una serie de disconformidades relacionadas a los ramos convalidados, su examen de titulación, práctica profesional, y sobre el CAE, lo que implicó que realizara sendos reclamos no solo en el Instituto sino también en el SERNAC, ante el Juzgado de Policía Local y ante la Superintendencia de Educación Superior, instancias a las que recurrió en varias oportunidades sin éxito.
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