La Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó el recurso de protección interpuesto en contra de un Liceo por haber activado el protocolo de actuación respecto de una medida de protección en favor de una adolescente.
La madre de la alumna expuso que, si bien la adolescente mantenía uno de sus ojos morados no fue porque haya sido agredida por su padre, sino que fue con ocasión del lanzamiento accidental de una cuchara por parte de su progenitor, de modo que no tenía porqué activarse el protocolo de actuación, particularmente, que la encargada de convivencia y psicóloga del establecimiento mantenga contacto con la menor.
En mérito de ello, estima vulnerada la integridad psíquica de la menor, por lo que solicita que se inhabilite al Director del establecimiento educacional, junto a la encargada de convivencia y a la psicóloga y que se ordene mantenerlos alejados de su hija de 16 años.
El recurrido informó que, “(…) los hechos denunciados se ventilan en causa proteccional en materia de familia, por lo que tales acontecimientos suponen un procedimiento de lato conocimiento.”
Agrega que, “(…) el Juzgado de Familia de San Antonio aprobó una solución colaborativa consistente en ingresar a la adolescente y a sus dos progenitores recurridos a un programa de prevención focalizada por el plazo de 6 meses, a fin de cumplir con los objetivos allí delineados.”
La Corte de Valparaíso rechazó la acción de protección. El fallo señala que, “(…) del mérito de los antecedentes y particularmente del documento acompañado por la recurrida, se advierte que los padres de la adolescente sobre medida proteccional, arribaron a una solución colaborativa, en los términos y plazo allí establecidos, por lo que el asunto denunciado por esta vía se encuentra sometido al imperio del derecho. En consecuencia, resulta inoficioso emitir algún tipo de pronunciamiento por esta vía cautelar, sumarísima y de urgencia, desde que el actuar del Colegio se ajustó a derecho, ya que se corroboró en la sede que corresponde una vulneración de la adolescente.”
En base a esas consideraciones, la Corte rechazó el recurso de protección en contra del Liceo.
Vea sentencia Corte de Valparaíso Rol N°21674-2023.