Recurso de nulidad acogido.
Juzgado de Garantía debe dar cumplimiento a la obligación de escriturar íntegramente la sentencia condenatoria, resuelve la Corte Suprema.
El acusado sólo tuvo acceso a la parte resolutiva del fallo que lo condenó por el delito de amenazas a Carabinero en servicio, desconociendo los motivos que el tribunal tuvo presente para fundamentar el castigo, por lo tanto, el incumplimiento del deber de dar a conocer íntegramente la sentencia por escrito vulneró el derecho a recurso del encartado.

La Corte Suprema acogió el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que condenó al imputado a la pena de doscientos días de presidio menor en su grado mínimo, como autor del delito consumado de amenazas a funcionario de Carabineros en ejercicio de sus funciones.
En contra de la sentencia condenatoria, el acusado interpuso recurso de nulidad invocando la causal establecida en la letra a) del artículo 373 del Código Procesal Penal, por vulneración al debido proceso.
El recurrente sostuvo que la sentencia escrita no cumple con la obligación legal que emana del artículo 396 del código adjetivo, ni con las exigencias de artículo 342 del mismo cuerpo legal, que se aplica por expresa disposición de lo dispuesto en el artículo 389 del compendio del ramo. Añade que, si bien la ley permite mediante procedimiento simplificado resolver los delitos de bagatela, ello no exime al tribunal de dar a conocer íntegramente el fallo que impone el castigo, de lo contrario -como ocurrió en la especie- se infringe el derecho al recurso del imputado; por lo tanto, solicita la nulidad de la sentencia y la realización de una nueva audiencia de procedimiento simplificado ante juez de garantía no inhabilitado.
Temas
Te puede interesar

Recurso de nulidad acogido.
Tribunal debe cumplir con su obligación de escriturar íntegramente la sentencia condenatoria dictada en procedimiento simplificado.

Recurso de nulidad acogido.
Tribunal debe cumplir con la obligación de escriturar íntegramente la sentencia condenatoria, resuelve la Corte Suprema.

Recurso de casación inadmisible.
Corte Suprema confirma fallo que acogió demanda que condenó a banco pagar una indemnización de $16.750.000, por cobro de pagaré con firma falsificada.

