Remitido a la presidencia del Senado.
Corte Suprema envía la Senado informe sobre proyecto de ley que modifica dictación de sentencias de reemplazo.
Para el pleno de ministros, las consecuencias de la regla actual son significativas desde un punto de vista de utilización de recursos, pues, cabe reiterar, aun cuando no exista discusión sobre los hechos deberá celebrarse nuevo juicio y rendirse prueba nuevamente, lo que recarga todo el sistema de justicia criminal –tanto del Ministerio Público, querellantes y defensas, como de los tribunales de justicia–.

Reunido el tribunal pleno de la Corte Suprema analizó el articulado del proyecto de ley, iniciado en moción, que “Modifica el Código Penal Procesal Penal, en materia de dictación de sentencias de reemplazo”. Informe que fue remitido a la presidencia del Senado, el viernes 3 de noviembre.
El máximo Tribunal plantea que la modificación propuesta persigue posibilitar que las Cortes puedan, revisando el recurso de nulidad en contra de una sentencia cuando esta no se conformare con la ley y siempre que la causal de nulidad no se refiriere a las formalidades del juicio ni a los hechos y circunstancias que se hubieren dado por probados, dictar sentencia de reemplazo, aun cuando esta condene o agrave la pena del acusado.
El informe agrega que, actualmente esta solución se encuentra excluida en la ley, pues se ha reservado la sentencia de reemplazo exclusivamente para el caso que se deba absolver o reducir la pena; en consecuencia, bajo el régimen vigente, aun cuando no exista discrepancia sobre los hechos, ni la valoración de la prueba rendida, se debe anular la sentencia y el juicio, cuando la sentencia del juicio oral haya errado al estimar que no procedía pena, cuando sí procedía, o haya impuesto una inferior a la que efectivamente correspondía.
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