Entrará en vigencia el 18 de noviembre de 2025.
Ley que modifica el Código Sanitario para definir el concepto de carne y prohibir dar esa denominación a productos que no sean de origen animal, fue publicada en el Diario Oficial.
Establece cuál es el alcance del término carne y prohíbe que se utilice esa denominación en otros productos que no tengan ese origen. Los términos asociados a productos de origen animal como hamburguesa, chorizo, cecina u otros, no podrán usarse para productos con mayor proporción de materia de origen vegetal, a menos que se indique claramente su origen vegetal.

Con fecha 17 de mayo de 2024, fue publicada en el Diario Oficial la Ley 21.664, que modifica el Código Sanitario, para definir el concepto de carne y prohibir dar esa denominación a productos que no sean de origen animal.
La ley tiene su origen en moción de los diputados Fernando Meza, Harry Jürgensen, Miguel Mellado, Gastón Von Muhlenbrock, Mario Venegas e Iván Flores, y tiene por objeto regular el mercado de la carne para lo cual establece cuál es el alcance del término carne y prohíbe que se utilice esa denominación en productos que no tienen ese origen, para lo cual modifica el Código Sanitario, mediante la incorporación de un nuevo Párrafo III, denominado “De la carne”, en el Título II de su Libro Cuarto.
Este Párrafo III se compone de los nuevos artículos 105 undecies, 105 duodecies y 105 terdecies, cuyos aspectos más relevantes son:
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