Diario Constitucional

Tribunal General de la Unión Europea.

Multa impuesta a Polonia por no evaluar el impacto ambiental de sus operaciones en una mina de carbón se ajusta a derecho.

Según asentada jurisprudencia, la motivación de los actos de las instituciones de la Unión, que tiene su fundamento en la Carta de los Derechos Fundamentales debe adaptarse a la naturaleza del acto de que se trate y debe mostrar de manera clara e inequívoca el razonamiento de la institución de la que emane el acto, de manera que los interesados puedan conocer las razones de la medida adoptada y el órgano jurisdiccional competente pueda ejercer su control.

Por Redacción·06 de junio de 2024·3 min de lectura
imagen: cnn.com
Referencial

El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) desestimó el recurso deducido por Polonia en el marco de una multa coercitiva impuesta en su contra por contravenir el Derecho de la Unión en materia medioambiental. Dictaminó que la Comisión Europea estaba legitimada para compensar las cantidades adeudadas en virtud de la sanción con los créditos de Polonia en relación a la Unión Europea.

En 2021, la República Checa interpuso un recurso contra Polonia ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), alegando que la ampliación y prolongación de las actividades de extracción de lignito en la mina a cielo abierto de Turów infringían el Derecho de la Unión. En respuesta, el Tribunal ordenó a Polonia el cese inmediato de dichas actividades como medida provisional. Al no cumplir Polonia con esta orden, el Tribunal la condenó a pagar una multa coercitiva diaria de 500.000 euros hasta el pleno cumplimiento de la medida. En 2022, Polonia y la República Checa alcanzaron un acuerdo amistoso, resultando en el archivo del asunto en el Registro del Tribunal.

Polonia no pagó las multas impuestas y, en cinco decisiones consecutivas, la Comisión Europea informó a Polonia de la compensación de la deuda mediante créditos que dicho Estado miembro tenía frente a la Unión, cobrando un total de 68.500.000 millones de euros. Polonia solicitó al TGUE la anulación de estas decisiones de compensación, aduciendo que, según el acuerdo amistoso, los efectos pecuniarios de las medidas ordenadas por el TJUE cesaron con carácter retroactivo, por lo que consideró ilegal la compensación efectuada por la Comisión.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.