Diario Constitucional

Requerimiento de inaplicabilidad.

Norma que permite reducir el precio de la subasta a los dos tercios de la tasación de los bienes embargados, se impugna ante el Tribunal Constitucional.

La requirente alega que el precepto legal objetado infringe el derecho de propiedad y el principio de seguridad jurídica, desde que permite al acreedor recibir más de lo que se le adeuda bajo la venta forzada, en cuanto a pesar de que los inmuebles fueron objeto de tasación por perito designado al efecto, de manera injustificada se permite que el acreedor se adjudique propiedades con cargo a su deuda por un valor menor del real.

Por Redacción·15 de julio de 2024·2 min de lectura
Norma que permite reducir el precio de la subasta a los dos tercios de la tasación de los bienes embargados, se impugna ante el Tribunal Constitucional.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 499 del Código de Procedimiento Civil.

El precepto legal que se solicitó declarar inaplicable para resolver la gestión pendiente, establece lo siguiente:

“Artículo 499.- Si no se presentan postores en el día señalado, podrá el acreedor solicitar cualesquiera de estas dos cosas, a su elección:

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