Reclamo de ilegalidad rechazado.
Corte de Santiago confirma resolución de la SEC que rechazó traspaso de empresa de sistema tarifario regulado a cliente libre.
El tribunal de alzada descartó actuar ilegal de la autoridad fiscalizadora.

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el reclamo de ilegalidad interpuesto en contra de la resolución, adoptada por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), que denegó la migración desde el sistema tarifario de cliente regulado a cliente libre, solicitado por las Empresa Nacional de Telecomunicaciones SA y Entel PCS Telecomunicaciones SA.
El fallo plantea que, de acuerdo a la solicitud planteada por las reclamantes, la SEC se pronunció –de acuerdo con las facultades que le reconoce la ley–, en el Oficio Ordinario Electrónico N° 212129, de 16 de febrero del año en curso, en el sentido que estas no cumplen los requisitos de la letra d) del artículo 147 de la Ley de Servicios Eléctricos, para ejercer las facultades de pasar de cliente regulado a cliente libre, porque si bien la potencia acreditada es superior a 500 Watts, se trata de diferentes empalmes conectados a distintas empresas concesionarias, ubicados en diferentes comunas de 15 regiones del país (desde Arica y Parinacota a Magallanes y Antártica), alimentados desde subestaciones primarias distintas, por lo que no puede entenderse que se trate de un cliente único.
En consecuencia, el fallo concluye que la SEC, se ha ajustado a la ley y con fundamento basado en la normativa eléctrica vigente, sin que ni en la vía administrativa ni en la judicial, las reclamantes entregaran antecedentes que permitan revertir lo decidido por la primera, por lo que el reclamo en análisis, es desestimado.
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