Diario Constitucional

Recurso de amparo acogido, con voto en contra.

Servicio Nacional de Migraciones debe resolver en 30 días solicitud de visa de niño de 11 años, resuelve la Corte Suprema.

La incertidumbre respecto de una solicitud de visa, vulnera la garantía fundamental de la seguridad individual del amparado en edad de niñez.

Por Redacción·27 de julio de 2022·3 min de lectura
Servicio Nacional de Migraciones debe resolver en 30 días solicitud de visa de niño de 11 años, resuelve la Corte Suprema.
Referencial

La Corte Suprema revocó el fallo dictado por la Corte de Santiago, que desestimó el recurso de amparo interpuesto en contra del Servicio Nacional de Migraciones del Ministerio del Interior y Seguridad Pública por no haberse pronunciado respecto de una solicitud de visa de un niño de 11 años de nacionalidad venezolana.

El recurrente alega que se vulneró la libertad de circulación del niño, el derecho a la reunificación familiar y el interés superior del niño, ya que el no pronunciamiento del Servicio Nacional de Migraciones, impide que los padres puedan migrar a Chile, a pesar de que sean titulares de una visa, quienes tienen plazo hasta el 01 de septiembre de 2022 para ingresar al país, de lo contrario perderán el beneficio.

El recurrido informó que “(…) no se ha dictado medida alguna de prohibición de ingreso, orden de abandono o expulsión del país en contra del extranjero y que la solicitud de residencia temporal para extranjeros fuera de Chile, ingresada con fecha 25 de mayo, está en trámite, encontrándose dentro del plazo establecido por la ley para resolver este tipo de solicitudes.”

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