Daño emergente.
Juzgado Civil de Santiago ordenó a la isapre Vida Tres pagar la suma de $4.443.831 por utilizar tabla de factores derogada.
El tribunal estableció que la Isapre demandada incumplió las obligaciones legales y contractual al mantener instrumento derogado por el Tribunal Constitucional.

El Decimonoveno Juzgado Civil de Santiago acogió parcialmente la demanda de indemnización de perjuicios deducida por afiliado y ordenó a la isapre Vida Tres SA pagar la suma de $4.443.831 por concepto de daño emergente, al mantener la aplicación de tabla de factores.
El fallo señala que por lo recién expresado, si bien el mecanismo de determinación del precio final del contrato de salud individual de la recurrente, esto es, la multiplicación del precio del plan base por la suma de los factores del grupo familiar, es conforme a la ley vigente, lo cierto es que la recurrida, al considerar en ese procedimiento una tabla de factores que distingue por sexo entre 18 grupos etarios, incurre en un acto ilegal y arbitraria, pues las disposiciones que permitían esa clase de discriminaciones fueron derogadas por la sentencia del Tribunal Constitucional Rol N°1.710-10, por infringir la garantía de igualdad ante la ley del artículo 19 N°2 de la Carta Fundamental.
La resolución agrega que, este carácter discriminatorio de la tabla de factores empleada por la recurrida produce un alza irrazonable del valor del precio final del contrato de salud de la recurrente, como se constata al comparar la suma de factores del grupo familiar que de su aplicación resulta en el caso concreto con la que resulta de la aplicación de la contenida en la Circular IF/N.° 343 de la Superintendencia de Salud, razón suficiente para acoger el presente recurso, en los términos que se señalará en lo dispositivo de esta sentencia.
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