Reclamo de ilegalidad acogido, con voto en contra.
Expulsión de ciudadana venezolana que ingresó por paso no habilitado decretada por autoridad administrativa no respeta el interés superior de los menores, resuelve Corte de Santiago.
Sin perjuicio de que el acto administrativo ha sido dictado por la autoridad competente y respetando la legislación vigente en cuanto al debido proceso y el fundamento del acto, la autoridad tenía la obligación de considerar como elemento primordial de la situación de la recurrente, la existencia de tres menores de edad, y su interés superior consagrado tanto en la legislación interna como en las normas internacionales, que se vincula natural y directamente con la permanencia de su madre en el país.

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el reclamo de ilegalidad interpuesto por una ciudadana de nacionalidad venezolana en contra de la Intendencia Regional de Tarapacá, que dispuso su expulsión del territorio por vulnerar la legislación de migración vigente.
La reclamante expuso que en 2020 ingresó a Chile por un paso no habilitado en la provincia de Tamarugal, estando embarazada y acompañada de su pareja y dos hijos menores. Fueron conducidos por la Policía de Investigaciones a la Prefectura de Migraciones en Iquique, donde declaró su ingreso clandestino. El propósito de su ingreso fue reunirse con la hermana de su pareja, residente en Santiago. Inicialmente la Intendencia Regional de Tarapacá denunció su ingreso irregular ante la Fiscalía del Pozo del Monte, pero posteriormente desistió de su acción. Sin embargo, en octubre de 2020, la Intendencia dictó una resolución que ordenó su expulsión del país, la cual se le notificó en enero de 2024.
Expuso que vive con su pareja y tres hijos en Padre Hurtado, y que su familia está integrada al país, con sus hijos escolarizados y afiliados a FONASA, y su hija menor, nacida en Chile, recibe atención médica. Sostuvo que la resolución de expulsión vulnera varios derechos, incluyendo el derecho a un debido proceso y el principio del interés superior del niño, establecidos en la Constitución y en leyes migratorias. Además, recalcó que no posee antecedentes penales en su país de origen.
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