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Moción.

Proyecto de ley modifica la ley que crea la Superintendencia de Electricidad y Combustibles para incorporar como infracción gravísima la no reposición oportuna del servicio eléctrico.

Además, aumenta las sanciones para otras infracciones. La propuesta surge como respuesta a los problemas reportados por los usuarios del sector energético, quienes, como consecuencia del temporal que afecto al país, han experimentado demoras significativas en la atención y resolución de problemas con el suministro de electricidad y combustibles.

16 de agosto de 2024

La iniciativa, patrocinada por los diputados Fernando Bórquez, Álvaro Carter, Eduardo Cornejo y Gastón Von Mühlenbrock, junto a las diputadas Marta Bravo y Flor Weisse, modifica la ley N° 18.410, que crea la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, para incorporar como infracción gravísima la no reposición oportuna del servicio eléctrico y aumenta las respectivas sanciones.

Los autores de la moción señalan que, luego de las lluvias y vientos que a comienzos de mes afectaron a todo el país, se produjeron cortes de suministro eléctrico en varias comunas, servicio que tomó largos días en reponerse.

Agregan que esta situación ha generado un gran malestar en los ciudadanos, quienes han tenido que enfrentar graves inconvenientes, como la pérdida de alimentos y medicamentos, además de la interrupción de actividades comerciales y educativas.

Afirman que múltiples autoridades, entre ellos, alcaldes, diputados, senadores, han expresado su descontento por la inacción de las empresas eléctricas y han anunciado que presentarán recursos de protección y demandas contra las compañías.

Al respecto, refieren que la electricidad es de suma importancia para la vida diaria de los ciudadanos, impactando tanto en sus actividades económicas como en su vida personal, su seguridad y calidad de vida. Esta actividad está regulada por el DFL N° 4 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que establece el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley General de Servicios Eléctricos en materia de energía eléctrica; y por la Ley N° 18.410, que crea la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, además de la normativa reglamentaria.

Explican que La Ley N° 18.410, que crea la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), tiene como objetivo principal garantizar que las empresas y entidades del sector energético cumplan con las normativas vigentes, asegurando la calidad y seguridad del suministro.

Agregan que la SEC posee la autoridad para supervisar y fiscalizar a las empresas de electricidad, gas y combustibles, revisando instalaciones, procesos operativos y el cumplimiento de normas de seguridad. Además, la ley otorga a la SEC la facultad de imponer sanciones a las empresas infractoras, que pueden incluir multas y otras medidas correctivas. Las sanciones se determinan considerando la gravedad del daño causado, el número de usuarios afectados, la intencionalidad y la conducta anterior de la empresa.

En función de lo anterior proponen modificar la Ley 18.410 para sancionar fuertemente la no concurrencia oportuna por parte de las empresas fiscalizadas a reparar o mantener un servicio cuando se presente un problema o siniestro. Así pretenden reforzar el marco sancionatorio de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).

Su objetivo es reconocer una nueva infracción y aumentar las penas, asegurando que las empresas sean penalizadas de manera adecuada cuando no cumplan con sus responsabilidades. Sostienen que, al establecer sanciones más severas, se incentiva a las empresas a mejorar la calidad de sus servicios, respondiendo de manera rápida y eficiente a los problemas reportados por los usuarios.

El proyecto de ley se encuentra en primer trámite constitucional radicado para su estudio en la Comisión de Minería y Energía de la Cámara de Diputadas y Diputados.

 

Vea texto de la Moción Boletín N° 17.030-08 y siga su tramitación aquí.

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