Acuerdo de Solución Amistosa.
Corte IDH declaró la responsabilidad internacional de El Salvador por la violación de los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial en perjuicio de un funcionario judicial.
El derecho de acceso a la Justicia se debe asegurar en un tiempo razonable y las presuntas víctimas o sus familiares tienen el derecho a que se hiciera todo lo necesario para conocer la verdad de lo sucedido, establecer las respectivas responsabilidades y sancionar a los eventuales culpables.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró la responsabilidad internacional de El Salvador por la violación de los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial, reconocidos en los artículos 8.1 y 25.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en relación con el artículo 1.1 del mismo instrumento, en perjuicio de Miguel Ángel Aguirre Magaña que desempeñaba funciones en un juzgado en El Salvador.
El 13 de noviembre de 1993, Aguirre se desplazaba en el vehículo del juez de paz de Villa de Apaneca para realizar una diligencia judicial. Durante el trayecto, explotó un artefacto dentro del vehículo. Como consecuencia, Aguirre sufrió múltiples daños graves, como la amputación de su pierna derecha, la pérdida de audición del oído derecho y otras lesiones en su pierna y oído izquierdos.
Aguirre denunció que el juez de paz dueño del vehículo tenía una granada dentro del auto que había causado la explosión. Durante el proceso penal, hubo varios traslados del caso entre diversos juzgados por razones de competencia. Luego de once años, en 2004, un juzgado emitió una resolución de sobreseimiento provisional del imputado, por no haberse probado su participación en los hechos. Esa resolución fue apelada por la Fiscalía General de la República. Finalmente, el 20 de julio de 2004, la Cámara de la Tercera Sección de Occidente denegó el recurso de apelación y confirmó el sobreseimiento del juez de paz.
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