Diario Constitucional

Derecho a la honra.

Acción de protección por difusión de afirmaciones través de redes sociales que se estiman injuriosas al no haberse acreditado sean atribuibles a la recurrida, se rechaza por Corte de Santiago.

Además, la difusión de afirmaciones de esa índole puede dar lugar al ejercicio de acciones penales, por lo que son otros los mecanismos o vías establecidas en la ley para sancionar tales conductas.

Por Redacción·15 de octubre de 2024·2 min de lectura
global-law.es
Referencial

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección interpuesto por un funcionario público en contra de una organización defensora de los animales.

El recurrente expuso que la organización recurrida lo acusa de mal uso de fondos municipales y maltrato de animales, difundiendo dichas acusaciones en su página web y redes sociales, junto con fotos suyas.

Denunció la falsedad de estas afirmaciones, que carecen de respaldo probatorio y cuyo único fin es dañar su honor y reputación.

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