Imposición de reducciones específicas es contraria a derecho.
Sentencia que impuso a Shell la obligación de reducir sus emisiones de carbono es anulada por un tribunal de Países Bajos.
Imponer objetivos de reducción específicos a una sola entidad privada podría vulnerar los principios de seguridad jurídica y previsibilidad, esenciales en el desarrollo del derecho corporativo, especialmente respecto a empresas multinacionales sujetas a regulaciones variadas en diferentes jurisdicciones.

El Tribunal de Apelación de La Haya anuló una sentencia de 2021 que ordenaba a Shell reducir sus emisiones de carbono en un 45% para 2030. En la decisión de primera instancia, el Tribunal de Distrito de La Haya sostuvo que Shell tenía una obligación legal de alinear sus emisiones con los objetivos del Acuerdo de París, citando el «deber de cuidado» de la empresa hacia el cambio climático. La orden abarcaba tanto las emisiones directas como las indirectas, incluyendo aquellas derivadas de la energía comprada y del uso final de sus productos.
En su apelación, Shell adujo que el fallo imponía una carga indebida y que dicha regulación excedía la jurisdicción del tribunal, al intentar establecer objetivos vinculantes sobre una empresa global. La defensa de la compañía sostuvo que Shell se había comprometido con una estrategia de emisiones netas cero para 2050, y que cualquier mandato sobre emisiones debería surgir de la política pública en lugar de los tribunales. Asimismo, Shell resaltó su inversión en energías renovables y tecnologías de bajas emisiones de carbono como parte de su plan de transición energética.
El Tribunal de Apelación, tras analizar estos argumentos, determinó que la sentencia original era excesivamente restrictiva al exigir una reducción de emisiones específica y de cumplimiento obligatorio. El tribunal consideró que el mandato judicial no tuvo en cuenta el contexto económico y la estrategia climática de Shell.
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