Recurso de casación en el fondo acogido, con voto en contra.
Notificación de resolución que recibe la causa a prueba solo a una de las partes gestión útil e interrumpe el plazo para declarar el abandono del procedimiento, resuelve la Corte Suprema.
Resolvió que la solicitud de la demandante para tenerse por notificada de la resolución que recibió la causa a prueba constituye una gestión útil, destinada a continuar con el curso progresivo del proceso, y que impide declarar el abandono del procedimiento.

La Corte Suprema acogió el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Arica, que revocó la resolución del tribunal de primera instancia que desestimó el incidente de abandono del procedimiento y en su lugar lo acogió.
La causa corresponde a un juicio ordinario de indemnización de perjuicios por falta de servicio. En agosto de 2023, la demandada promovió un incidente de abandono del procedimiento, tras la declaración de nulidad de una notificación, alegando que había transcurrido el plazo de seis meses.
El tribunal de primera instancia desestimó el incidente de abandono del procedimiento.
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No se abrió el término de prueba.
Si el demandante se notifica en forma expresa de la interlocutoria de prueba pero no notifica al demandado, tal no es una gestión útil para enervar la solicitud de abandono del procedimiento.

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