Recurso de protección acogido.
Sanción de destitución se deja sin efecto por desproporcionada y no considerar adecuadamente circunstancias modificatorias de responsabilidad, resuelve la Corte de Santiago.
La sanción de destitución es arbitraria, al no fundamentarse adecuadamente la agravante de una sanción previa de suspensión, que fue clave para aplicar la medida más gravosa. Además, la autoridad administrativa no consideró las circunstancias atenuantes, como las buenas calificaciones del investigado y su cooperación en el proceso, lo que afectó la proporcionalidad de la sanción y se vulneró el principio de igualdad ante la ley.

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección interpuesto en contra de la Dirección de Previsión de Carabineros, por incurrir en irregularidades en el marco del proceso de destitución del actor.
El recurrente sostuvo que, en julio de 2019, se presentó una denuncia por acoso laboral en su contra, lo que dio inicio a un sumario administrativo. Indicó que, a lo largo del proceso, se le formularon múltiples cargos, relacionados principalmente con conductas inapropiadas hacia su subalterna, y se le imputaron hechos de maltrato y acoso laboral, además de infracciones a normas sobre préstamos y pagos irregulares.
Sin embargo, muchos de los cargos formulados no están directamente relacionados con la denuncia original de acoso laboral, como los cargos sobre préstamos y pagos, precisó el actor.
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