Tienen plazo hasta el 31 de diciembre:
Más de 1.800 juicios tributarios pendientes en los Tribunales de Justicia podrían acogerse al sistema de término anticipado establecido en la Ley de Cumplimiento de Obligaciones Tributarias.
Lo que se busca con esta medida es el pronto pago de los impuestos determinados por el SII en estas causas, entregando una opción al contribuyente para que pueda resolver sus contingencias tributarias.

La Ley N°21.713, que dicta normas para asegurar el Cumplimiento de Obligaciones Tributarias ha establecido, en su artículo 12 transitorio, la opción de poner término a procesos judiciales pendientes por giros o liquidaciones tributarias, siempre que el contribuyente acepte pagar el total de la deuda tributaria reajustada, a cambio de la condonación del total de los intereses y multas correspondientes.
Esta medida permitirá recuperar los impuestos determinados en estas causas, entregando una opción al contribuyente para que pueda regularizar su situación tributaria. Los contribuyentes han podido acogerse a este procedimiento desde el 1° de noviembre pasado y hasta el 31 de diciembre de este año.
Podrán solicitar acogerse a este mecanismo los contribuyentes que mantengan gestiones judiciales pendientes por reclamos de giros o liquidaciones de impuestos ante los Tribunales Tributarios y Aduaneros, las Cortes de Apelaciones o Corte Suprema, siempre que se traten de procesos pendientes que se hayan iniciado antes del 1° de enero de 2024, y que el contribuyente reconozca y pague la deuda tributada reajustada.
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