La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción, que acogió el recurso de protección interpuesto en contra del Servicio de Salud Talcahuano, que declaró la vacancia del cargo de la actora por salud incompatible.
La recurrente señaló que, a pesar de enfrentar problemas de salud graves que la llevaron a tomar licencias médicas prolongadas, su situación fue mal manejada por la institución, que no consideró el informe de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) que declaró su salud como recuperable. Acusó falta de respeto a las leyes que protegen a los funcionarios públicos con condiciones de salud crónica y solicitó la revocación de la resolución que le exige la devolución de los gastos de su formación, y que se ordene su reincorporación inmediata a sus funciones y el pago de remuneraciones no recibidas.
El recurrido defendió la decisión de declarar la vacancia del cargo de la recurrente, alegando que incurrió en más de 800 días de ausentismo, lo que la hizo incompatible con el cargo de becaria según el marco normativo y administrativo aplicable. El servicio afirmó que la recurrente fue informada en todo momento sobre su situación y tuvo la oportunidad de defenderse, sin embargo, no cumplió con sus compromisos de reincorporación. Sostuvo que la resolución de vacancia se ajustó a derecho, tras una exhaustiva evaluación administrativa y médica, y que la decisión fue tomada en conformidad con los principios de eficiencia y eficacia del servicio público, buscando preservar los recursos públicos.
La Corte de Concepción acogió la acción cautelar, al considerar que la resolución impugnada carece de la fundamentación suficiente para declarar vacante el cargo de la recurrente, quien fue destituida por salud incompatible. Tuvo en cuenta que la decisión administrativa no se basó en un informe adecuado de la COMPIN, lo que generó la arbitrariedad del acto.
La falta de una evaluación exhaustiva y objetiva de la salud de la funcionaria impidió justificar la destitución, afectando su derecho de propiedad al perder su fuente de ingresos.
En mérito de lo expuesto, la Corte de Concepción acogió el recurso de protección, y ordenó la emisión de un nuevo informe por parte de la COMPIN, para evaluar la condición de irrecuperabilidad de la salud de la actora antes de tomar una decisión definitiva sobre su desvinculación.
Apelado este fallo, la Corte Suprema lo confirmó.
Vea sentencia Corte Suprema Rol N°329/2025 y Corte de Concepción Rol N° 18550/2024 (Protección).