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lunes 26 de mayo de 2025
Vía cautelar.

Tribunal estadounidense suspende revocación de subvenciones federales para la Asociación Americana de Abogados.

Consideró que las expresiones de la ABA se encontraban amparadas constitucionalmente y que existían indicios suficientes de que la revocación de los fondos podría haber estado motivada por dichas expresiones. Asimismo, el tribunal destacó que el gobierno no proporcionó una justificación alternativa clara que sustentara la medida administrativa adoptada.

El Tribunal de Distrito de Estados Unidos para el Distrito de Columbia resolvió una solicitud de medida cautelar presentada por la Asociación Americana de Abogados (ABA, por sus siglas en inglés), mediante la cual se solicitaba la suspensión temporal de la cancelación de ciertas subvenciones previamente otorgadas por el Departamento de Justicia (DOJ). Estas subvenciones estaban destinadas a financiar servicios legales para víctimas de violencia doméstica y sexual.

El juez desestimó el argumento del gobierno federal que sostenía la incompetencia del tribunal para conocer del asunto, basado en la premisa de que la controversia tenía naturaleza contractual y debía dirimirse ante el Tribunal Federal de Reclamaciones. No obstante, el tribunal determinó que la reclamación principal planteada por la ABA invocaba la protección de derechos conferidos por la Primera Enmienda de la Constitución de Estados Unidos, al alegar que la cancelación de las subvenciones constituía una forma de represalia por la expresión institucional de la organización. En consecuencia, el tribunal afirmó su competencia para conocer el caso.

Posteriormente, el tribunal analizó los requisitos necesarios para la concesión de una medida cautelar preliminar. Concluyó que la parte demandante presentó elementos suficientes para demostrar la probabilidad de prevalecer en el fondo del litigio, la posibilidad de sufrir un perjuicio irreparable en caso de no concederse la medida, y que el análisis de los intereses en juego favorecía la suspensión solicitada.

En su razonamiento, el juez consideró que las expresiones de la ABA se encontraban amparadas por la protección constitucional referida y que existían indicios suficientes de que la revocación de los fondos podría haber estado motivada por dichas expresiones. Asimismo, el tribunal destacó que el gobierno no proporcionó una justificación alternativa clara que sustentara la medida administrativa adoptada.

Señaló que no se identificaron criterios objetivos del DOJ que justificaran la terminación de las subvenciones a la ABA, y observó que otros beneficiarios continuaban recibiendo fondos para realizar funciones análogas.

Respecto al perjuicio alegado, el tribunal identificó una afectación directa a actividades institucionales que, por su naturaleza, podrían no ser reparables mediante compensación económica. En cuanto al balance de equidad y el interés público, el juez sostuvo que la suspensión de los efectos de la cancelación era razonable mientras se resolvía el fondo del litigio, en la medida en que la ABA no solicitaba la renovación automática de subvenciones ya vencidas ni reclamaba fondos de manera retroactiva.

Este procedimiento se inscribe dentro de un contexto más amplio de litigios promovidos por la ABA respecto a decisiones administrativas recientes. La asociación ha impugnado diversas acciones adoptadas por el Departamento de Justicia, incluyendo la emisión de directrices internas que restringen la participación de su personal en actividades organizadas por dicha entidad.

Vea texto de la resolución.

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