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miércoles 25 de junio de 2025
Podrían ser deportados

Corte Suprema de Estados Unidos valida suspensión del estatus legal temporal de 500.000 migrantes

Se impugnó una serie de directrices derivadas de órdenes ejecutivas emitidas en enero de 2017, mediante las cuales se instruyó al DHS a cesar aquellos programas considerados incompatibles con la política migratoria del gobierno, en especial aquellos que no implicaran un análisis individualizado de cada solicitud.

La Corte Suprema de Estados Unidos resolvió acoger la solicitud de suspensión presentada por el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés), dejando sin efecto de manera provisional una orden previa de un tribunal federal de distrito que impedía la terminación del programa de libertad condicional para nacionales de Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela, afectando así a unos 500.000 mil migrantes.

El programa mencionado fue implementado por el DHS a partir de octubre de 2022, inicialmente dirigido a ciudadanos venezolanos, y posteriormente extendido a otras nacionalidades. La iniciativa permitía el ingreso condicionado a través de la figura de la libertad condicional, previa presentación de un patrocinador en Estados Unidos, superación de controles de seguridad y evaluación de criterios humanitarios. Las personas admitidas bajo este mecanismo podían gestionar autorizaciones de empleo y otros beneficios administrativos en el marco normativo migratorio.

El proceso judicial que dio lugar a la controversia se originó por la oposición a decisiones adoptadas por el gobierno federal en torno a la continuidad de programas de libertad condicional. En particular, se impugnó una serie de directrices derivadas de órdenes ejecutivas emitidas en enero de 2017, mediante las cuales se instruyó al DHS a cesar aquellos programas considerados incompatibles con la política migratoria del gobierno, en especial aquellos que no implicaran un análisis individualizado de cada solicitud.

Este año, una jueza de distrito dictó una medida cautelar que suspendía la ejecución de las decisiones administrativas adoptadas por el DHS, señalando la necesidad de aplicar un criterio caso por caso antes de revocar beneficios ya otorgados. Con la decisión adoptada por la Corte Suprema, dicha orden queda suspendida hasta que el Tribunal de Apelaciones del Primer Circuito resuelva el fondo del recurso interpuesto.

En su voto en disidencia, las juezas asociadas Sonia Sotomayor y Ketanji Brown Jackson manifestaron discrepancias respecto al estándar aplicado para conceder la suspensión, indicando que no se habría acreditado de manera suficiente un perjuicio irreparable a la parte solicitante, y que el balance de perjuicios podría inclinarse en favor de las personas afectadas por la eventual terminación del programa.

Diversas organizaciones jurídicas participan en la representación de los demandantes, entre ellas el Centro de Acción por la Justicia, que ha manifestado su interés en que el proceso judicial determine los límites aplicables a las facultades discrecionales del Ejecutivo en materia migratoria, particularmente en lo que respecta a la concesión o revocación de medidas de protección temporal como la libertad condicional humanitaria.

Vea sentencia Corte Suprema de Estados Unidos.

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