Nulidad penal acogida
Corte de Valparaíso anula condena por amenazas simples debido a falta de fundamentación en valoración de pruebas
Examinada la sentencia impugnada aparece que, no se ha cumplido con las exigencias establecidas por el legislador en orden a imponer a los jueces un trabajo de elaboración cuidadoso en la concepción de sus fallos. La simple relación de los documentos del procedimiento o la mención de los medios de prueba no sustituirá en caso alguno aquella debida fundamentación.

La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió el recurso de nulidad interpuesto en contra del Juzgado de Garantía de Villa Alemana, que condenó al requerido a la pena de cien días de presidio menor en su grado mínimo, como autor del delito de amenazas simples en perjuicio de un vecino.
El recurrente alegó que se falló con error en la valoración de la prueba, vulnerándose el principio de razón suficiente, ya que a pesar de que el imputado renunció a su derecho a guardar silencio, en cuanto declaró haber sido provocado e insultado por las víctimas -hermanos-, quienes se acercaron con actitud agresiva tras un conflicto vecinal recurrente -por quemar basura el imputado-, el tribunal decidió condenarlo respecto de una víctima y absolverlo de otro, lo cual refleja que las amenazas carecían de verosimilitud, pues, además, hubo ausencia de congruencia entre los testimonios de las víctimas y el requerido.
Aduce que, la sentencia no explicó adecuadamente por qué se dio credibilidad a un medio de prueba sobre otro, infringiendo así el principio de razón suficiente en su vertiente de corroboración.
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