El Senado puso en conocimiento de la Corte Suprema un proyecto de ley que busca modificar el procedimiento ante los Juzgados de Policía Local para permitir la renovación de permisos de circulación de vehículos con anotaciones por multas no pagadas en ciertas circunstancias.
El Registro de Multas del Tránsito no pagadas permite hacer operativa la regla que impide renovar los permisos de circulación de los vehículos anotados en éste.
La iniciativa, originada por moción parlamentaria del Senador Karim Bianchi, contenida en el Boletín N°17.440-15, tiene por finalidad “dar una salida de manera excepcional, a aquellos automovilistas que, al momento de renovar su permiso de circulación, se vean ante la imposibilidad de hacerlo, por registrar multas impagas sin haber tenido conocimiento previo de dicha situación”.
El proyecto propone permitir la renovación si se ha presentado una reclamación de nulidad procesal por falta de emplazamiento en el procedimiento donde se aplicaron las multas.
También mientras esté pendiente la reclamación de nulidad la propuesta otorgaría automáticamente autorización para renovar el permiso de circulación por el solo hecho de encontrarse pendiente la reclamación de nulidad, aunque el vehículo esté anotado en el Registro de Multas de Tránsito no Pagadas.
Asimismo, establece el deber de los juzgados de policía local de disponer formularios electrónicos para reclamar dicha nulidad.
Igualmente modifica la ubicación y redacción de normas sobre devolución de pagos injustificados e indemnización por tratamiento indebido de datos.
Sin embargo, la Corte Suprema advierte varios problemas con la propuesta:
Se basa en una premisa errónea sobre cuándo las personas se enteran de las multas impagas.
Podría restar eficacia al Registro de Multas no Pagadas.
Promovería litigación temeraria.
Recargaría significativamente a los juzgados de policía local.
No contempla el financiamiento para implementar los formularios electrónicos.
La Corte concluye que, si bien la iniciativa no altera orgánicamente al Poder Judicial, presenta problemas de diseño que deberían ser subsanados durante su tramitación legislativa.
Vea texto Informe Corte Suprema PL Nº15-2025 y tramitación Boletín N°17.440-15.