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jueves 17 de julio de 2025
Acoge recurso de amparo

Corte Suprema inhabilita a jueza por falta de imparcialidad

Revoca fallo de Corte de Punta Arenas. Había emitido pronunciamiento previo en el Juzgado de Familia sobre hechos relacionados con la causa penal. En dicha resolución, remitió antecedentes al Ministerio Público y mantuvo medidas cautelares contra el imputado. Esta intervención previa "posee la capacidad de poner en duda su imparcialidad objetiva".

La Corte Suprema acogió un recurso de amparo y por esta vía declaró la inhabilidad de una jueza para intervenir en una causa del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas. Con esta decisión revocó el fallo previo de la Corte de Apelaciones de esa ciudad que había rechazado la acción constitucional.

Tuvo presente que la magistrada había emitido un pronunciamiento previo en una audiencia preparatoria del Juzgado de Familia de Punta Arenas sobre hechos que estaban íntimamente ligados con aquellos que motivaron la acusación efectuada por la Fiscalía en contra del amparado en el Tribunal de Juicio Oral.

En dicha resolución, la jueza remitió los antecedentes al Ministerio Público por estimar que podían constituir un delito y mantuvo las medidas cautelares decretadas respecto del amparado.

La defensa del imputado invocó una causal de inhabilidad contra la jueza, que fue rechazada por los magistrados del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal.

La Corte de Punta Arenas rechazó el recurso de amparo interpuesto por la defensa.

No obstante, la Corte Suprema concluyó que existía una duda razonable sobre la imparcialidad objetiva de la jueza en el caso penal.

El fallo reconoce la importancia de la imparcialidad judicial como garantía fundamental.

Establece que la jueza había emitido un pronunciamiento previo sobre hechos similares en el Juzgado de Familia.

Considera que esta intervención previa «posee la capacidad de poner en duda su imparcialidad objetiva».

El máximo Tribunal enfatizó: «Los magistrados recurridos de la sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal incurrieron en una ilegalidad al no acoger la causal de inhabilidad invocada por la defensa del imputado, vulnerado su garantía fundamental a ser juzgado por un tribunal imparcial»

La decisión se fundamenta en el artículo 195 N°8 del Código Orgánico de Tribunales y reafirma el derecho constitucional a ser juzgado por un tribunal imparcial.

Este fallo pone de relieve lo importante de la imparcialidad judicial en casos donde existen pronunciamientos previos en materias relacionadas.

 

Vea sentencia Corte Suprema Rol Nº 22.153-2025.

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