Diario Constitucional

Recurso de amparo acogido

Corte Suprema ordena abonar tiempo de prisión preventiva y arresto domiciliario cumplido en causa diversa a condena vigente

El máximo Tribunal estimó que negar el abono del tiempo de privación de libertad cumplido en una causa distinta implicaba mantener una injusticia derivada de un exceso en el ius puniendi del Estado, obligando al afectado a iniciar un sumario de indemnización, lo que vulnera el principio de interpretación restrictiva de la ley penal y el derecho a la libertad personal.

Por Redacción·08 de agosto de 2025·4 min de lectura
Corte Suprema ordena abonar tiempo de prisión preventiva y arresto domiciliario cumplido en causa diversa a condena vigente
Referencial

La Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones Valparaíso que rechazó el recurso de amparo en contra del Juzgado de Garantía de Viña del Mar por haber desestimado la solicitud de abonar a la condena actual el tiempo que pasó el sentenciado en prisión preventiva y arresto domiciliario en causa diversa.

El recurrente alegó que, a pesar de haber estado privado de libertad bajo la medida cautelar de prisión preventiva y arresto domiciliario en una causa anterior en la que finalmente fue absuelto, el Juzgado de Garantía se negó a imputar dicho tiempo como abono a la pena privativa de libertad que actualmente cumple en un proceso distinto, lo que constituye una ilegalidad al incorporar requisitos no contemplados por la ley.

Aduce que, tal negativa vulnera el derecho a la libertad personal y el principio de interpretación restrictiva de la ley procesal penal, toda vez que las normas pertinentes —artículos 26 del Código Penal, 348 del Código Procesal Penal y 164 del Código Orgánico de Tribunales— no prohíben el denominado “abono heterogéneo” en causas diversas.

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