Diario Constitucional

Casación en el fondo

Corte Suprema: la acción reivindicatoria puede ser ejercida por un comunero para conservar la propiedad común

Se anuló la sentencia que rechazó la acción de reivindicación presentada por un comunero, al precisar que dicho acto constituye una medida de conservación del patrimonio común. De acuerdo con el mandato tácito y recíproco entre comuneros, previsto en los artículos 2078, 2081 y 2305 del Código Civil, y en consonancia con el procedimiento de regularización del Decreto Ley N° 2.695, un comunero puede ejercer de manera individual acciones destinadas a proteger la cosa común frente a un tercero que haya regularizado la propiedad.

Por Redacción·24 de agosto de 2025·3 min de lectura
depositphotos.com
Referencial

La Corte Suprema acogió el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de San Miguel, que confirmó el fallo de primera instancia que rechazó la demanda de reivindicación.

La causa versa sobre una demanda de reivindicación presentada por una sociedad contra un particular, solicitando la restitución de un inmueble que la sociedad alegaba como propiedad común de la comunidad a la que pertenece. El demandado, por su parte, había regularizado la propiedad mediante un procedimiento legal vigente.

El tribunal de primera instancia rechazó la demanda principal de reivindicación, acogiendo solo la acción subsidiaria de compensación económica, tras concluir que la demandante ejercía la acción solo en relación con sus derechos individuales como comunera, y no en representación de la comunidad, resultando improcedente la acción de dominio prevista en el artículo 26 del Decreto Ley N° 2.695.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.