Diario Constitucional

Ley de Transparencia

Corte Suprema respalda al Mineduc frente al CPLT: archivos sobre cálculo de subvenciones educacionales no son información pública

El máximo Tribunal acogió un recurso de queja interpuesto por el CDE en representación del Ministerio de Educación, dejando sin efecto la sentencia del CPLT que ordenaba entregar los archivos de programación utilizados para calcular las subvenciones educacionales.

Por Redacción·27 de septiembre de 2025·4 min de lectura
latercera.com
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La Corte Suprema acogió el recurso de queja interpuesto por el Consejo de Defensa del Estado (CDE), en representación del Ministerio de Educación, en contra de los integrantes de una sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, por haber dictado con falta o abuso grave la resolución que rechazó el reclamo de ilegalidad entablado por el Fisco de Chile en contra del Consejo para la Transparencia (CPLT) que, acogiendo un amparo de acceso a la información, dispuso la entrega de los archivos que utiliza para calcular la asistencia promedio que sirve para computar las subvenciones a los establecimientos educacionales de tipo municipal, particular subvencionado o Servicio Local de Educación.

En enero de 2023, se solicitó al Ministerio de Educación los archivos de programación (sintaxis, dofile o similares) utilizados para calcular la asistencia promedio que determina las subvenciones a establecimientos educacionales municipales, particulares subvencionados y servicios locales de educación. El Ministerio respondió que la información estaba contenida en el Decreto con Fuerza de Ley N°2 de 1998 y señaló que la entrega de los archivos expone el funcionamiento de los sistemas SIGPA y SIGE, que integran datos sensibles de alumnos y contienen instrucciones de programación protegidas por la Ley de Propiedad Intelectual, argumentando que su divulgación pondría en riesgo la seguridad y el valor comercial de dichos códigos.

Sin embargo, el CPLT, en su decisión de amparo, estimó que la reclamación no acreditó cómo la revelación de los archivos afectaría el funcionamiento del sistema ni el cumplimiento de las funciones del Ministerio, concluyendo que la información debía entregarse, reservando únicamente los datos personales.

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