Decisión de Amparo dictada por el CPLT.
Gendarmería debe entregar actas e informes sobre internos a defensor público que las requirió para ejercer adecuada defensa penitenciaria, resuelve la Corte de Santiago.
Desestimó el reclamo de ilegalidad interpuesto por el CDE contra decisiones de amparo del CPLT que ordenaron su entrega, puesto que la negativa de acceso a esta información, sustentada en la causal de "distracción indebida" conforme al artículo 21 N°1 letra e) de la Ley N°20.285, y afectación de derechos de terceros, no es procedente.

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el reclamo de ilegalidad deducido por el Consejo de Defensa del Estado en contra de dos decisiones de amparo del Consejo para la Transparencia, que ordenaron a Gendarmería la entrega de información relacionada a internos de centros penitenciarios.
El CDE sostuvo que las dos decisiones del CPLT que acogieron solicitudes de acceso a información por parte de un Defensor Público Penitenciario, ordenaron a Gendarmería entregar actas de consejos técnicos e informes relacionados con internos de los centros penitenciarios de Coyhaique y Puerto Aysén.
Explicó que Gendarmería negó la entrega de esta información invocando la causal de distracción indebida bajo la Ley de Acceso a la Información Pública.
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