Decisión de Amparo dictada por el CPLT.
Resolución del CPLT que ordenó al CDE entregar información relacionada a un litigio pendiente, se deja sin efecto por la Corte de Santiago.
Acogió la reclamación al considerar que, si bien es pública la información elaborada con presupuesto público y aquella que obra en poder de los órganos de la Administración, salvo excepciones, ello no implica que se deba crear nueva información, especialmente cuando se refiere a la defensa del Fisco en un juicio pendiente.

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el reclamo de ilegalidad deducido por el Consejo de Defensa del Estado en contra de la decisión de amparo del Consejo para la Transparencia, que ordenó la entrega de información relativa a un litigio judicial pendiente.
El CDE sostuvo que la solicitud de información se enmarca dentro de un litigio pendiente, en el que el solicitante es su contraparte, solicitud excede los límites de la Ley de Transparencia, ya que lo solicitado no corresponde a un acto administrativo, resolución o procedimiento administrativo finalizado.
Agregó que la solicitud de información vulnera el derecho de defensa del Fisco, pues por esta vía se podría acceder a medios de prueba antes de la etapa procesal correspondiente.
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