Atención Primaria de Salud
DT confirma obligatoriedad de concurso público para contratar personal de salud primaria municipal
El pronunciamiento establece que las entidades municipales deben llamar a concurso público de antecedentes para la contratación indefinida de funcionarios regidos por la Ley N°19.378, incluyendo el nombramiento de directores de establecimientos de salud primaria, y que los procesos de movilidad interna no pueden reemplazar este requisito legal.

La Dirección del Trabajo, en el ejercicio de su función de interpretar y fijar el sentido y alcance de la normativa laboral, emitió el Dictamen N°642, de fecha 15.09.2025, mediante el cual se pronunció sobre la obligatoriedad de llamar a concurso público de antecedentes para la contratación de personal regido por la Ley N°19.378.
El pronunciamiento respondió a una presentación que reclamaba por un proceso de movilidad interna realizado por la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta, el cual habría perjudicado a una funcionaria de salud.
Entre los principales puntos abordados, la Dirección del Trabajo precisó que:
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