Requerimiento de inaplicabilidad
Se impugna norma que contempla la vista de la causa tras allanamiento a un recurso de apelación
El Tribunal Constitucional deberá resolver si admite a trámite un requerimiento que cuestiona el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil, al estimar que obliga a realizar una vista de la causa incluso cuando las partes han alcanzado un acuerdo que extingue la controversia, lo que afectaría la autonomía de la voluntad, el debido proceso y la tutela judicial efectiva.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil.
El precepto legal impugnado establece:
“Artículo 223.- La vista de la causa se iniciará con la relación, la que se efectuará en presencia de los abogados de las partes que hayan asistido y se hubieren anunciado para alegar. Con todo, cualquiera de las partes podrá solicitar alegatos por vía remota mediante videoconferencia hasta dos días antes de la vista de la causa, lo que no afectará el derecho de la contraria de alegar presencialmente. No se permitirá el ingreso a la sala de los abogados una vez comenzada la relación. Los Ministros podrán, durante la relación, formular preguntas o hacer observaciones al relator, las que en caso alguno podrán ser consideradas como causales de inhabilidad.
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