“Cláusula de dureza”
Corte Suprema rechaza divorcio por incumplimiento reiterado de pensión de alimentos y sienta precedente
El tribunal de primera instancia y la Corte de Temuco habían rechazado el divorcio, argumentando que la cónyuge tenía otros mecanismos para cobrar la deuda. Sin embargo, el máximo tribunal el país determinó que ambos tribunales cometieron un error de derecho al no considerar la “cláusula de dureza”.

La Corte Suprema rechazó una demanda de divorcio unilateral por incumplimiento reiterado del pago de la pensión de alimentos, y estableció un precedente clave sobre la aplicación de la llamada “cláusula de dureza”, que protege al cónyuge más vulnerable en estos procesos.
El caso se originó tras la demanda de divorcio presentada por el esposo, luego de más de tres años de separación. Sin embargo, la esposa se opuso alegando que el marido había incumplido reiteradamente su obligación de pagar la pensión de alimentos, pese a estar en condiciones de hacerlo, invocando el artículo 55, inciso tercero, de la Ley de Matrimonio Civil.
Los tribunales de primera instancia y la Corte de Apelaciones de Temuco rechazaron la acción judicial de la mujer y decretó el divorcio, argumentando que la cónyuge contaba con otros mecanismos para cobrar la deuda alimentaria. Pero la Corte Suprema revocó esas decisiones, señalando que ambos tribunales cometieron un error al no aplicar correctamente la “cláusula de dureza”.
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