Ley del Deporte
Corte Suprema ordena retrotraer investigación del Comité Nacional de Arbitraje Deportivo por vulnerar debido proceso
El máximo Tribunal ratificó la decisión que dejó sin efecto el procedimiento seguido por el Comité Nacional de Arbitraje Deportivo, tras concluir que se vulneró el derecho del recurrente a no ser juzgado por comisiones especiales, debido a la omisión del fiscal investigador previsto en la normativa interna y en la Ley del Deporte.

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de La Serena, que acogió el recurso de protección interpuesto en contra del Comité Nacional de Arbitraje Deportivo (CNAD) por irregularidades en la tramitación de una denuncia por conductas de un profesor.
El recurrente denunció que el CNAD no aplicó lo establecido en la Ley del Deporte ni en su propio auto acordado de 2020 al no nombrar un fiscal investigador para dilucidar los hechos denunciados. Además, alegó dilaciones injustificadas y trato desigual en la tramitación del procedimiento.
Por su parte, el CNAD argumentó que actuó dentro del marco de sus facultades y atribuciones, siguiendo la normativa aplicable. Sostuvo que se prescindió del fiscal investigador por renuncia del responsable designado y para evitar mayores dilaciones, citando directamente a audiencia.
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