Ley N°20.903
DT aclara aplicación del reajuste por IPC en contratos colectivos de docentes incorporados al Sistema de Desarrollo Profesional Docente
El pronunciamiento aclaró que el reajuste por IPC acordado en contratos colectivos de docentes mantiene plena vigencia tras el ingreso al Sistema de Desarrollo Profesional Docente, debiendo los empleadores aplicarlo conforme a lo pactado, y precisó que no corresponde otorgar fuero a gratificaciones convencionales en corporaciones sin fines de lucro.

La Dirección del Trabajo emitió el Ordinario N°713, de 23 de octubre de 2025, mediante el cual se pronunció sobre la aplicación del reajuste por Índice de Precios al Consumidor (IPC) pactado en contratos colectivos de trabajo de docentes que ingresaron al Sistema de Desarrollo Profesional Docente, regulado por la Ley N°20.903.
El pronunciamiento aborda dos aspectos principales:
Aplicación del reajuste por IPC en la nueva estructura remuneracional
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